on 2012/3/19 2:13:49 (1295 reads)
El 14 de julio de 2011fue promulgada la Ley de Costos y Precios Justos. Su principal objetivo es “mantener la estabilidad de precios”, mediante la regulación o control de las ganancias del sector productivo y comercial. Según el Gobierno, la Ley pretende detener la inflación por medio de una orden legal desconociendo que el mercado se rige y se continuará rigiendo por las viejas leyes de la oferta y la demanda. Es una ley muy ambiciosa que además se fija objetivos que por Ley están reservados a otros entes como Banco Central de Venezuela.

La Ley creó la “Superintendencia Nacional de Costos y Precios” que elaborará y mantendrá una gran base de datos con todos los productos y servicios, sus costos y precios al mayor y detal, a través del “Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios” que es obligatorio para todas las empresas públicas o privadas que produzcan, importen o comercialicen bienes o servicios, regulados o no con excepción de aquellas empresas o instituciones bajo la égida de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario. Este registro se conformará a través del “Sistema Automatizado de Administración de Precios” (SAAP). Todo incremento de precios deberá ser notificado y justificado inmediatamente a la Superintendencia.

Los órganos auxiliares del “Sistema de Nacional Integrado de Costos y Precios” serán la Fuerza Armada Bolivariana y la Policía Nacional Bolivariana.

Infracciones y sanciones. La ley contempla tres tipos de infracciones: Genéricas, aumento arbitrario de precios y especulación. En caso de detectarse alguna de estas infracciones se pueden aplicar de inmediato, entre otras medidas: El cierre temporal, el comiso, y la posesión inmediata, puesta en operatividad y aprovechamiento del establecimiento, local, vehículo, nave o aeronave. Cuando se trate de alimentos o bienes perecederos se podrá ordenar de inmediato su disposición con “fines sociales”.

El primer golpe. El 22 de noviembre, día de entrada en vigencia plena de la Ley, la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) publicó varias providencias, siendo las más relevantes la N° 006, que dictó las normas para el funcionamiento del Registro Nacional de Bienes y la N° 007 que dictó las normas para la notificación de los precios de 19 bienes.

Estos 19 bienes están integrados en su mayoría por productos de higiene personal y del hogar y tres rubros alimenticios: compotas, agua mineral y jugo de frutas pasteurizados. Los fabricantes, comercializadores y/o importadores de esos productos debían incorporar al Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP), a través de la página web de la Sundecop, unos 22 datos por cada producto y sus variedades o presentaciones en un lapso de 15 días continuos. Para tener una idea de lo que esto significa basta saber que un supermercado que comercialice los 19 productos debía ingresar al SISAP más de 170.000 registros en tan breve lapso.

Luego de ello la Sundecop publicaría el precio “justo” el 15 de diciembre. Esos plazos se fueron prorrogando sucesivamente y fue a finales de febrero que finalmente anunció la lista de precios que entran en vigencia a partir del 1 de abril. Estos precios finales contemplan rebajas generalizadas por tipo de producto que van del 4% al 26%, sin además distinguir entre calidades. De un plumazo se pasó a uniformar el precio de un tipo de producto por su peso o contenido.

Aún peor es lo que sigue. A través de esta Ley el Gobierno estima que podrá conocer la estructura de costos de todos los productores y/o comercializadores de bienes o servicios (con la excepción del sector bancario) y decidir la ganancia del empresario y el precio de los bienes y/o servicios que éste ofrezca. Ello no es ni siquiera una tarea titánica, es una tarea imposible en una economía libre y diversificada.

Esta Ley, sin ninguna duda, servirá para deprimir aún más las posibilidades de inversión en todos los sectores de la economía venezolana. En la práctica provocará una escasez generalizada de bienes y servicios que abonará a un floreciente mercado negro, amén del desempleo que provocará el cierre de comercios y fábricas de ser aplicada al pie de la letra. Pero lo peor está por venir, los próximos en la lista para evaluar si tienen “ganancias excesivas” y sus precios son justos son: Medicamentos, servicios de salud, materiales de construcción y repuestos automotrices.

Contacto: aipop@aipop.org/ www.aipop.org

Economista: Ana María Di Leo