on 2011/12/4 20:36:49 (3508 reads) El artículo 24 de la vigente Constitución, sancionada el 30 de diciembre de 1.999, consagra la irretroactividad de la Ley, cuando en su encabezamiento, de manera taxativa, clara, inteligible e inequívoca establece que “ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena”. En el párrafo final, expresado en […]